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Calculadora de Autónomos: IRPF, IVA y lo que te queda limpio

Si eres autónomo y factura tras factura te preguntas cuánto vas a ingresar realmente, esta calculadora te lo resuelve en segundos: introduce el importe, elige el tipo de IVA y el porcentaje de retención de IRPF, y descubre al instante la base imponible, el IVA, la retención y lo que de verdad te queda libre. Más abajo tienes también una calculadora de IVA independiente, con la fórmula explicada paso a paso para que la aprendas de una vez.

Factura profesional

1. Calculadora de factura de autónomo (IRPF + IVA)

Calcula la base, los impuestos y el importe real de tu factura.

¿Este importe ya incluye el IVA?
Base imponible0,00 €
+ IVA (21%)0,00 €
= Total de la factura0,00 €
− Retención de IRPF (15%)0,00 €
= Importe que te ingresará el cliente0,00 €
Lo que realmente es tuyo, libre de retención 0,00 €

El IVA que cobras no es un ingreso tuyo: lo recaudas para Hacienda y lo liquidas cada trimestre (Modelo 303). La retención de IRPF es solo un adelanto a cuenta de tu declaración de la renta; el resultado final depende de tu tramo anual.

Cálculo independiente

2. Calculadora de IVA: cómo calcular el IVA de cualquier precio

Suma o desglosa el IVA sin modificar la calculadora de factura.

¿Qué quieres calcular?
Base imponible0,00 €
Cuota de IVA (21%)0,00 €
Precio total0,00 €

Cómo calcular el IVA fácilmente (sin calculadora)

Para sumar el IVA a un precio:

Precio final = Precio sin IVA × (1 + IVA ÷ 100)

Ejemplo: 100 € sin IVA, con un 21% de IVA → 100 × 1,21 = 121 €

Para quitar el IVA de un precio que ya lo lleva incluido:

Precio sin IVA = Precio final ÷ (1 + IVA ÷ 100)

Ejemplo: 121 € con IVA incluido, al 21% → 121 ÷ 1,21 = 100 €. La cuota de IVA es la diferencia: 21 €.

Preguntas frecuentes

Con carácter general, el 15% sobre la base imponible. Si estás en tu primer año de actividad como autónomo o en los dos siguientes, puedes aplicar el 7% siempre que cumplas los requisitos de Hacienda.

Se multiplica la base imponible por el porcentaje de IVA (normalmente el 21%) y se suma al importe base. Por ejemplo, una base de 500 € con un 21% de IVA añade 105 €, para un total de 605 €.

Divide el precio final entre 1 más el tipo de IVA en tanto por uno (1,21 para el 21%, 1,10 para el 10%, 1,04 para el 4%). El resultado es la base imponible sin IVA.

No. El IVA que repercutes a tus clientes lo recaudas en nombre de Hacienda y debes ingresarlo (menos el IVA que tú has soportado en tus gastos) en la declaración trimestral, normalmente el Modelo 303.

El IVA es un impuesto sobre el consumo que pagas y luego liquidas a Hacienda; no depende de tus beneficios. La retención de IRPF es un adelanto de tu propio impuesto sobre la renta, y se descuenta directamente del importe que te paga el cliente.

El 10% se aplica a servicios como hostelería, transporte de viajeros o determinadas reformas de vivienda; el 4% a bienes de primera necesidad como alimentos básicos, medicamentos o libros. La mayoría de servicios profesionales, como los informáticos, llevan el 21% general.
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